La Justicia tucumana resolvió profundizar una investigación surgida en el marco de una sucesión millonaria que, tras la denuncia de “hechos nuevos”, puso bajo la lupa el funcionamiento de uno de los principales sanatorios que atendió a jubilados en la provincia y su relación con el PAMI. La causa avanza ahora con una amplia batería de medidas probatorias para determinar si existieron maniobras irregulares en la facturación de prestaciones al Estado.
El expediente se tramita en el fuero Civil en Familia y Sucesiones y tiene como eje al sanatorio Luz Médica, cuya operatoria quedó bajo sospecha a partir de un planteo presentado por una de las herederas. Según consta en las actuaciones, se investiga una presunta triangulación de facturación mediante empresas interpuestas y la prestación de servicios en sedes que no habrían estado debidamente habilitadas.
Ante la gravedad de las acusaciones, el juzgado ordenó requerimientos de información a organismos clave como la AFIP y el Siprosa, además de disponer la preservación de evidencia digital por el plazo de 180 días. La medida busca evitar la pérdida de datos relevantes frente a la posible existencia de un esquema que habría alterado la real composición del patrimonio sucesorio.
La causa se originó en la sucesión de Julio Ernesto Luna, titular de Luz Médica S.A., caratulada “Haro Mercedes Graciela – Luna Julio Ernesto s/ sucesión”. No obstante, con el avance del proceso, la investigación se extendió al vínculo contractual y financiero entre la empresa y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI).
De acuerdo con la documentación incorporada al expediente, a comienzos de este año el PAMI decidió rescindir el contrato que mantenía con la firma en Tucumán, luego de una auditoría interna que habría detectado irregularidades. Esas observaciones, según consta en la causa, ya habrían sido puestas en conocimiento de la Justicia y estarían vinculadas a montos de considerable magnitud.
Si bien el proceso judicial no está dirigido de manera directa contra el organismo nacional, el conflicto entre los coherederos obliga a reconstruir con precisión el patrimonio del fallecido. En ese contexto, la relación con el principal prestador de salud para jubilados aparece como uno de los activos más relevantes a evaluar. Por tal motivo, el Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la IIIª Nominación, a través de la Oficina de Gestión Asociada de Sucesiones N.º 1, libró oficios para que el PAMI remita información considerada clave.
Entre los pedidos centrales figura la remisión de toda la documentación relacionada con la baja de Luz Médica como prestador bajo un determinado CUIT y la eventual continuidad de la actividad mediante otra sociedad con el mismo nombre comercial pero distinta identificación tributaria. Esa maniobra societaria, según se investiga, podría haber tenido impacto directo en la composición del patrimonio a dividir.
Asimismo, se solicitó el envío de todas las facturas emitidas por ambas razones sociales y los comprobantes de transferencias realizadas por el PAMI entre enero de 2019 y julio de 2024, con el objetivo de reconstruir el flujo de fondos, identificar las prestaciones facturadas y analizar los convenios suscriptos.
La investigación se amplió cuando el juzgado requirió copias digitalizadas de eventuales denuncias administrativas formuladas por otros sanatorios contra Luz Médica. En respuesta, el PAMI informó que Julio Luna firmó como presidente de la sociedad en todos los contratos presentados, que la baja del prestador se efectuó a través del sistema correspondiente y que se remitió la documentación contable solicitada, la cual daría cuenta de erogaciones millonarias por parte del Estado.
En octubre de 2024, el organismo nacional señaló además que, tras una revisión exhaustiva de sus registros, no se hallaron denuncias de otros sanatorios contra la firma, aunque solicitó mayor información al juzgado para colaborar con el esclarecimiento de los hechos.
En paralelo, la coheredera Marta Elena Luna promovió distintos recursos judiciales, entre ellos una revocatoria con apelación subsidiaria contra una resolución que había rechazado una medida cautelar destinada a impedir la administración del sanatorio. Tanto el juzgado de primera instancia como la Cámara en lo Civil en Familia y Sucesiones rechazaron esos planteos, al considerar que no se configuraba un gravamen irreparable.
Lejos de poner fin al conflicto, la Justicia resolvió ahora avanzar con nuevas medidas y profundizar la pesquisa, con el objetivo de determinar si existieron maniobras irregulares que excedan el ámbito sucesorio y puedan derivar en responsabilidades de mayor alcance.
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El Provincial Tucumán San Miguel de Tucumán